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UGT confía en llegar a un acuerdo sobre la reducción de jornada con CEOE antes del verano


UGT confía en llegar a un acuerdo sobre la reducción de jornada con CEOE antes del verano

Madrid, 14 mar (.).- El secretario general de UGT, Pepe Álvarez, confía en llegar a un acuerdo junto a CCOO con la CEOE sobre la reducción de jornada “antes de las vacaciones de verano” para poder llevarle el texto acordado al Gobierno para que “haga las reformas pertinentes”.

En rueda de prensa para presentar un informe sobre la regulación de jornada en España y Europa, se ha referido a las negociaciones que mantienen patronal y sindicatos a raíz de la mesa de diálogo social convocada por el Ministerio de Trabajo para reducir la jornada máxima legal en España desde las 40 horas a las 38,5 horas en 2024 y a las 37,5 horas en 2025.

En caso de no lograr pactar con la patronal cómo trasladar esta reducción de jornada a las negociación de los convenios colectivos, UGT ha señalado que pedirá al Gobierno que plantee en las Cortes la modificación de la jornada de trabajo.

No obstante, ha considerado que con la situación política actual, con una prórroga presupuestaria ya confirmada, las negociaciones con el Gobierno “van a ir más lentas de lo que sería previsible”, lo que permitirá a los agentes sociales “avanzar en un acuerdo, porque hay tiempo más que suficiente”.

España, el duodécimo país con una menor jornada laboral

Según el estudio presentado, España cuenta con una jornada laboral media de 38,4 horas, por encima de la jornada de 11 países, entre los que destacan Alemania y Francia, con 35,6 horas, pero por debajo de la de otros 17 países, que alcanzan hasta las 40 horas.

Para el vicesecretario general de UGT, Fernando Luján, con una jornada legal muy parecida, la menor jornada laboral de Francia o Alemania responde a la fuerte presencia de los sindicatos en la negociación colectiva de esos países.

Asimismo, ha destacado que son precisamente los países europeos con menor jornada laboral los que tienen unos mayores niveles de productividad y, al mismo tiempo, las personas trabajadoras gozan de unos mejores salarios.

La retribución de las horas extra en España es escasa

En España, la realización por parte del trabajador de horas extraordinarias es voluntaria, salvo que su realización se haya pactado en convenio colectivo o contrato individual de trabajo, al igual que en el resto de Europa.

Estos límites fijados por la normativa varían entre las 80 horas al año, como el caso de España, y un máximo de 400 horas por año, acordado en convenio colectivo como en Hungría y Eslovaquia.

Respecto a su retribución, en España la ley indica que no se podrán abonar las horas extraordinarias en ningún caso por un valor inferior al de la hora ordinaria, un pago que el informe considera “escaso” y “excepcional” en el contexto europeo.

En Francia, por ejemplo, se abonan un 10 % por encima de la hora ordinaria, ha explicado Luján, si bien hay países donde se llegan a pagar hasta al doble que la ordinaria.

Es la retribución de las horas extra junto al registro de jornada el motivo que ha llevado al sindicato a presentar el pasado enero una reclamación ante el Comité Europeo de Derechos Sociales, con el objetivo de mejorar la contabilización del tiempo de trabajo y de remunerar la hora extra al menos un 25 % por encima de la ordinaria.

Desde UGT se muestran dispuestos a retirar esta reclamación si son capaces de incluir esta mejora de las horas extra y el registro de jornada en un acuerdo con patronal y Gobierno que recoja lo indicado en la normativa europea.

Asimismo, ha añadido que planteará al Ministerio de Inclusión que esas horas extra no solo tengan una sobrecotización, sino que sirvan como coeficiente reductor de la edad en el acceso a la jubilación anticipada, por el posible “desgaste” físico y psíquico que pueda suponer para las personas.

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